Seguridad Social comenzará esta semana la famosa regularización de las cuotas que los autónomos pagaron en 2023, con la comunicación a los graduados sociales y otros autorizados RED de las bases de cotización definitivas con las que calcularán las diferencias que pudieran existir en las cuotas, en función de los ingresos reales.
Hace unos días, el ministerio dirigido por Elma Saiz emitió un extenso documento a los graduados en el que explicaron las diferentes fases del proceso, que concluirá, como máximo, el próximo 30 de abril. Y, entre otras cuestiones, repasaron el procedimiento que seguirán para regularizar las cuotas de determinados colectivos de autónomos, como los societarios y los colaboradores familiares.
En el primer caso, Seguridad Social recordó que algunos autónomos societarios sólo podrán deducir como gastos de difícil justificación un 3% de sus rendimientos netos, algo que previsiblemente aumentará sus bases de cotización y, por tanto, las cuotas que deberían haber pagado en 2023.
En el caso de los familiares, éstos tendrán una base mínima de 1.000 euros, independientemente de los rendimientos netos que obtuvieron en 2023. Por tanto, también tendrán que ajustar sus cuotas a estos límites, en caso de que hubieran pagado menos por obtener unos ingresos inferiores.
Así regularizará Seguridad Social las cuotas de los autónomos societarios y colaboradores
Los autónomos societarios sólo podrán deducir un 3% en gastos de difícil justificación
En primer lugar, Seguridad Social explicó que los autónomos societarios podrán minorar de su base imponible un porcentaje menor que los que son persona física en concepto de gastos de difícil justificación. Previamente, definieron el concepto de trabajador por cuenta propia societario con los siguientes requisitos:
- Socios de entidades de capital con el 33% o más de capital social o el 25% o más de capital social y funciones de administrador, representante o apoderado.
- Socios de entidades laborales con el 50% o más de participación en el capital social.
- Haber estado más de 90 días de alta en el año cumpliendo cualquiera de los dos supuestos anteriores.
En estos casos, sólo podrán minorar de su base imponible el 3% en concepto de gastos de difícil justificación, en lugar del 7% que pueden deducir el resto de los autónomos. Como consecuencia de ello, previsiblemente sus bases de cotización definitivas serán más elevadas, por lo que les correspondería una cuota mayor.
Además, para calcular los rendimientos netos que obtuvieron, Seguridad Social sumará a sus rendimientos de actividades económicas los rendimientos del trabajo que generaron -en caso de cobrar un salario de sus negocios- y los rendimientos de capital mobiliario que obtuvieron. Por ejemplo, por la compraventa de las participaciones de sus empresas.
Además, la base mínima para los autónomos societarios será de 1.000 euros mensuales. Por tanto, si la suma de sus rendimientos netos -mediante la fórmula especial anterior- fuera inferior a esta cifra, Seguridad Social establecerá de oficio, como base definitiva, dicha cantidad, a la que en 2023 correspondía una cuota mensual de unos 300 euros.
Además, si su base provisional fuese superior, la Tesorería abrirá en las próximas semanas un trámite de audiencia, en la que permitirá a los autónomos societarios elegir entre estas dos opciones:
- Renunciar a la base mínima, manteniendo el exceso de cotización. Algo que permitiría a los autónomos aumentar sus futuras pensiones.
- Aceptar la base de 1.000 euros, por lo que la Seguridad Social devolvería de oficio la diferencia entre las cuotas que pagaron y las que realmente les correspondían en 2023.
Los autónomos familiares colaboradores también deberán ajustarse a la base mínima de 1.000 euros
Asimismo, Seguridad Social también repasó otro de los supuestos especiales de la regularización, como es el caso de los autónomos familiares colaboradores, que dependen de un autónomo principal.
En primer lugar, para calcular sus rendimientos netos, además de los rendimientos por actividades económicas, la Tesorería también incluirá los rendimientos del trabajo que obtuvieron en 2023, en caso de que contasen con un salario. Y, en este caso, también tendrán una base de cotización mínima de 1.000 euros, que deberán ajustar en caso de que estuvieran cotizando por una inferior.
Por ello, Seguridad Social explicó algunas particularidades, “dependiendo de cómo haya cotizado el autónomo con respecto al tramo que determinan sus rendimientos netos mensuales”. Son los siguiente:
- Si cotizó correctamente según sus ingresos reales en 2023, pero la base promedio mensual fuera inferior a los 1.000 euros, “se debe modificar por ser inferior a la mínima establecida normativamente.”
- De igual modo, si ha cotizado por debajo del tramo de rendimiento neto mensual que le corresponde, si la BC mínima del tramo de rendimiento neto mensual es inferior a 1.000 euros, se debe modificar por ser inferior a la mínima establecida normativamente.
- Por último, en caso de que el autónomo familiar cotizase en 2023, por encima del tramo de rendimiento neto mensual que le corresponde, si la base de cotización provisional promedio mensual fuera inferior a 1.000 euros, se debe modificar por ser inferior a la mínima establecida normativamente.
Fechas en las que Seguridad Social comunicará la regularización, en función del resultado
Dependiendo del resultado de la regularización, Seguridad Social estableció diferentes fechas para comenzar a comunicar a los autónomos su resultado. Son las siguientes:
- Trámites de audiencia para renunciar a la regularización: segunda quincena de noviembre.
- Resultado de la regularización neutro: segunda quincena de noviembre.
- Sin periodos que regularizar: segunda quincena de noviembre.
- Sin información sobre los rendimientos: segunda quincena de enero.
- Resultado a favor de la Seguridad Social: marzo de 2025.